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- 30 de octubre de 2022

Reforma tributaria, inversión y populismo

' 'La misma reforma que amenaza con cobrar al holding un 2,5% del 22% de su patrimonio acumulado (neto del que pagó ISFUT) le ofrece eximirse de esa carga, pagando por una sola vez un 10% sobre igual base. Pero la oferta dura solo hasta 2025, cuando termina el gobierno actual; después sube al 12%, para terminar del todo en 2027”.

debate

El ingreso per cápita de un país crece gracias al “ingenio” —productividad— y al “sudor” —inversión—. Hace ya muchos años que nos abandonó el ingenio. En efecto, el crecimiento de la productividad total de factores entre 2013 y 2021 ha sido casi inexistente: menos de un 0,2% anual. Por su parte, si bien ha habido una cuota de “sudor”—el stock de capital neto en el mismo período creció al 3,7% por año—, ello no ha sido suficiente y la inversión sobre capital neto viene cayendo desde un 10,6% en 2013 a un 8,6% en 2021. Así las cosas, y obviando el malabarismo de la “corrección por PPP”, el PIB per cápita en dólares corrientes lleva una década estancado en torno a los 15.000 dólares por habitante. El “sudor” no ha sido suficiente como para compensar la pérdida de “ingenio”.

¿Cuánto de esta insuficiente inversión puede atribuirse a modificaciones tributarias? Difícil de precisar, pero no puede ignorarse que entre 2013 y la fecha el impuesto corporativo, la tasa de primera categoría, escaló de 20% a 27%.

Ahora bien, ¿cómo afectará la reforma tributaria a la inversión en Chile? Sin entrar al royalty minero, que ameritaría una columna especial, debe señalarse que si bien la reforma no afecta al impuesto corporativo, y podría reducirlo en ciertos casos al 25%, trae, sin embargo, un cambio mayúsculo, inequívocamente adverso al ahorro y a la inversión, amén de populista.

Vamos viendo. La típica estructura societaria de un gran inversionista en Chile contempla usualmente “tres pisos”: (1) una empresa productiva sujeta al impuesto de primera categoría; (2) un “holding” que posee dichas acciones y otras inversiones, y (3) las personas naturales accionistas del “holding”. Actualmente, los dividendos que fluyen de la empresa productiva al “holding” no pagan impuestos. A su turno, los propietarios del holding pagan impuestos personales solo si retiran dinero de aquel, en cuyo caso usan como crédito lo que haya pagado en el “primer piso” la empresa productiva. Los propietarios del holding pagan impuestos solo por lo que retiran, no por los ahorros e inversiones que haga este.

Con la reforma, los impuestos personales de los propietarios del holding provenientes de renta de capital —si efectivamente son “grandes inversores”— alcanzarán al 22%. Ahí ocurre un incremento de carga tributaria, ya que no podrá seguir usándose como crédito lo pagado en el “primer piso”. Ello no es tan crucial, sin embargo, porque, tratándose de propietarios de alto patrimonio, las distribuciones que hace el holding son bajas en comparación con los dividendos que percibe.

Lo verdaderamente crucial está en otra parte: si el holding tiene más del 50% de sus activos en inversiones “pasivas” —típicamente instrumentos del mercado de capitales e inversiones inmobiliarias—, la reforma le cobrará al holding un 2,5% del 22% de lo que tiene acumulado como patrimonio (neto de aquella parte por el que ya pagó el ISFUT en las reformas tributarias anteriores) y seguirá cobrándole el mismo 2,5% del 22% por la acumulación patrimonial futura. Ese 2,5% es una suerte de “interés” que el fisco cobrará a los propietarios del holding por dejar sus dineros invertidos en el holding en vez de retirarlos, ya que si los retiraran —así razonan los autores de la reforma—, pagarían 22% por ello. En otras palabras, se cobrará “un interés” por ahorrar o invertir.

Esto desincentivará todo tipo de inversiones, pero especialmente en nuestro país, donde el incremento del riesgo con motivo del 18-O continúa causando estragos: la destrucción de valor bursátil en Chile, desde el 18-O a la fecha, alcanza al 24% del PIB. Quien haya invertido un dólar en el IPSA el 17 de octubre de 2019, hoy tiene solo 73 centavos de dólar; si hubiese invertido ese mismo dólar en Estados Unidos (SP500), hoy tendría 2,1 dólares. Sí, las inversiones de los holdings bajarán en todos los sectores y países, pero, con toda probabilidad, en nuestro país terminarán desapareciendo por completo, especialmente si se considera que el “legado” del 18-O aún nos acompaña: profundo deterioro del Estado de Derecho, del orden público y de las normas sociales más elementales.

Con menos ahorro e inversión, habrá menos recursos para comprar acciones, bonos o inmuebles para arriendo, todo lo cual impactará adversamente a la inversión real de la economía. No hay “catastrofismo” en ello: ya la ratio local bolsa/libro ronda niveles cercanos a uno, cifra que es indicativa de ausencia de incentivos para invertir (el economista profesional recordará al “q” de Tobin).

Hasta ahí los efectos sobre la inversión. Vamos ahora al populismo. Noticia: la misma reforma que amenaza con cobrar al holding un 2,5% del 22% de su patrimonio acumulado (neto del que pagó ISFUT) le ofrece eximirse de esa carga, pagando por una sola vez un 10% sobre igual base. Pero la oferta dura solo hasta 2025, cuando termina el gobierno actual; después sube al 12%, para terminar del todo en 2027.

Eso es populismo puro. Resulta evidente que los holdings optarán por pagar el 10%, porque constituirá una “inversión tributaria” que se recupera en cuatro años (2,5% x 4 = 10%). Resultado: significativa recaudación por este concepto, pero solo para la actual administración, que podrá también sortear buena parte del desincentivo a la inversión por efecto de este mismo pago.

¿Y qué queda para las futuras administraciones? Exactamente lo contrario: mucha menor recaudación, pero con desincentivos a la inversión que se irán acumulando en el tiempo, porque se seguirá cobrando el 2,5% del 22% de los futuros incrementos patrimoniales.

Y bueno, “después de mí, el diluvio”, dijo Luis XV.